Rechazan recurso de protección de ex administrador municipal por incorporación de chats del “Plan 9 Papers” en causa laboral

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Debido a que las conversaciones fueron incluidas antes de la medida de reserva, se considera una acción legítima que no vulnera el derecho a la vida privada del involucrado.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado por el exadministrador municipal de la comuna, Felipe Guzmán, en contra del abogado que incorporó las conversaciones de 2 grupos de WhatsApp del equipo cercano del alcalde, a través de la Oficina Virtual del Poder Judicial, en una causa laboral que involucra al municipio.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada desestimó la acción judicial presentada por Guzmán y descartó que la incorporación de los mensajes vulnere el derecho a la vida privada del recurrente.

Según explica el fallo, no habría incumplimiento en la medida debido a que “con fecha 30 de mayo del año 2022, a las 08:34 horas don Marco Felipe Ascencio Otárola, incorpora a la Plataforma de Oficina Judicial Virtual más de 700 páginas de documentos denominados ‘Chat completo grupo de WhatsApp equipo chico JV’ y ‘Chat completo grupo de WhatsApp equipo JV’, sin que conste solicitud de reserva de la causa en dichas presentaciones. El mismo día 30 de mayo del año en curso se desarrolló audiencia preparatoria programada, en la que se proveyeron dichos documentos y, con fecha 02 de junio del mismo año, se decretó la reserva de la causa hasta la fecha”.

Para el tribunal de alzada, “la incorporación de los antecedentes en la causa laboral, (…) obedecen al ejercicio legítimo por parte del demandante, en cuanto acreditar los indicios necesarios en su acción laboral, sin observar una intención de perjudicar los derechos invocados como vulnerados por el recurrente”.

Asimismo, el fallo consigna que “es evidente que las conversaciones no dicen relación con la esfera privada del recurrente, y los documentos incorporados gozan del principio de publicidad, sin perjuicio, una vez proveídos se decretó su reserva, por lo que no existe actuación ilegal o arbitraria que amerite una medida cautelar”.

De esta manera, la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección interpuesto por el abogado de Felipe Guzmán, en contra de Marco Ascencio, por determinarse que no hubo incumplimiento a la norma.

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